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http://www.elmundo.es/elmundo/2010/09/21/navegante/1285067183.html
La ONU quiere convertir el acceso a banda ancha en un 'derecho civil básico'
Portaltic/Ep | Madrid
El secretario general de la ITU, la agencia de la ONU encargada de los asuntos de tecnologías de la información y la comunicación, Hamadoun I. Touré, retó a los líderes mundiales a asegurar que más de la mitad de los habitantes del mundo tendrán acceso a redes de banda ancha para el año 2015 y que el acceso a redes de alta velocidad sea "un derecho civil básico".
Touré lanzó el desafío a políticos, los jefes de agencia de la ONU y a los pesos pesados de la industria en la segunda reunión de la Comisión de Banda Ancha para el Desarrollo Digital, aunque antes presentó su informe final al secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, en Nueva York.
"La banda ancha es el próximo punto de inflexión, la próxima tecnología verdaderamente transformadora. Puede generar empleos, impulsar el crecimiento y la productividad, y reforzar la competitividad económica a largo plazo. También es la herramienta más poderosa que tenemos a nuestra disposición en nuestra carrera para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que están ya a tan sólo cinco años de distancia", explicó Touré.
El informe final de la Comisión, que incluye una Declaración de Alto Nivel que aboga por "la implantación de banda ancha para todos", cuenta con un marco detallado para el despliegue de banda ancha y diez puntos de acción encaminados a movilizar a todos los interesados y convencer a los líderes de los gobiernos a dar prioridad al despliegue de redes de banda ancha entre sus ciudadanos.
Las investigaciones recientes sugieren una fuerte relación entre la penetración de banda ancha y el crecimiento económico. "En el siglo XXI las redes de banda ancha asequibles serán tan críticas para la prosperidad social y económica como el transporte, el agua y la energía. La banda ancha servirá como fuente de innovación. Representa la maduración de la revolución digital, los frutos de lo que aún no se han inventado o imaginado", reza el texto.
El informe fue presentado ante el Secretario General de la ONU durante una reunión paralela celebrada conjuntamente con la Cumbre de esta organización. Al recibir el informe, Ban tomó nota de la potencia de la tecnología a la hora de inyectar un nuevo impulso en el paradigma del desarrollo.
"Las tecnologías de la información y la comunicación están jugando un papel cada vez más importante como motor del desarrollo social y económico, hay que unir esfuerzos para garantizar que esas tecnologías estén a la altura de su extraordinario potencial", dijo Ban. "El informe de la Comisión es una importante contribución a nuestros esfuerzos para asegurar que los beneficios de la tecnología de la información y la comunicación puedan impulsar los objetivos de Naciones Unidas de paz, seguridad y desarrollo para todos".
El informe subraya la necesidad de que los líderes se centren en la construcción de una "dinámica virtuosa de desarrollo de banda ancha", y señaló que la banda ancha tiene el poder para "conectar los silos de la salud, la educación, la energía, el transporte, el medio ambiente y otros sectores clave".
Asequible para unos pocos
"¿Qué precio pagarán en el nuevo mundo de las oportunidades digitales aquellos que no abrazan el despliegue de banda ancha para sus ciudadanos?", advierte el informe a la luz de las "enormes disparidades" en la asequibilidad a nivel mundial del acceso a banda ancha.
El documento destaca que mientras que los usuarios en el mundo desarrollado -Reino Unido, EEUU, Canadá o Australia- pagan menos del 1% de la media de ingresos mensuales totales del país por una conexión de banda ancha rápida, los países menos adelantados, como Etiopía, Malawi o el Níger, pagan por una conexión "relativamente lenta" un salario mensual.
Además, resalta que la asequibilidad tiene una correlación clara y directa a la asimilación, de modo que mientras un 30% de las personas en países de Europa Occidental, Oceanía y América del Norte disponen de una suscripción de banda ancha, la penetración en los países BRIC es "modesta", en torno al 10%, y en las naciones más pobres del mundo llega a menos del 1% de la población.
El informe final de la Comisión hace hincapié en la importancia de promover la diversidad cultural y el plurilingüismo en el mundo 'online'. Se insta a los gobiernos a limitar la entrada en el mercado de banda ancha sin impuestos y servicios relacionados, y asegurar la disponibilidad de espectro amplio para apoyar el crecimiento de banda ancha móvil.
La ITU prevé un total de 900 millones de suscriptores de banda ancha en 2010 y, predice que la banda ancha móvil será la tecnología de acceso preferida por millones de personas en el mundo en desarrollo, donde la infraestructura de conexión fija es escasa y costosa de implementar.
"Las nuevas realidades y oportunidades para el desarrollo digital deben estar bien fijadas en la mente de los líderes del mundo como un imperativo de liderazgo", asegura el informe, que insta a los líderes a replicar el "milagro de telefonía móvil" de la primera década del siglo XXI en un "'boom' de la banda ancha" para compartir a alta velocidad recursos accesibles y beneficiosos para todos.
Por Guillermo Cosentino
Secretario de Informática Jurídica (Superior Tribunal de Justicia de Chubut)
Comentario al Fallo de sala D de la Cámara Comercial de Capital Federal .
Ver texto mail.pdf
En el recientemente nacido derecho de la información que en breve debemos comenzar a sistematizar, la República Argentina comienza a dictar sentencias que establecen criterios con relación a instituciones del derecho privado en la era digital.La sala D de la Cámara Comercial de Capital Federal se ha pronunciado, poniendo un piso probatorio que confirma el valor del documento digital simple, sin otro respaldo de integridad y autoría que el solo origen del mismo y los hechos no negados por las partes o reconocidos en el transcurso de una relación comercial en construcción.
En ese contexto fueron considerados principio de prueba por escrito e integrantes de un conjunto de presunciones que llevaron a la certeza de una relación contractual.
Aprovecho para invitar a la reflexión sobre las nuevas modalidades documentales que surgen a partir de la ley 25506, las explícitas y las no explícitas y sobre el valor probatorio de las mismas. Como por ejemplo:
Documento Digital firmado bajo estándar PKI con certificado de Firma emitido por Ente Certificador Licenciado y no Licenciado (y a su vez de organismo público o no público), Firma Digital y Firma Electrónica en el ámbito público y en el ámbito privado; situación probatoria de los documentos firmados electrónicamente bajo métodos diferentes a los del estándar mencionado.
En fin por encima del piso probatorio determinado por la ley y corroborado en la praxis por el fallo citado, se abren innumerables posibilidades interesantes para analizar bajo la matriz valorativa de la norma que introduce la “ratio digital” en el derecho privado y en el público
Fuente:http://www.clarin.com/diario/2010/05/13/sociedad/s-02194818.htm
Un juez ordenó a Facebook que cierre los grupos que alientan rateadas masivas
Lo hizo por pedido de una ONG que defiende los derechos de los consumidores.Por: Roxana Badaloni
Fuente: MENDOZA. CORRESPONSALIA
En un fallo de características inéditas, un juez mendocino ordenó a la red social Facebook el "cese de los grupos creados o a crearse" por menores de edad, en los que se promueva una "rateada" masiva a la escuela. La sentencia busca controlar la utilización de Internet y evitar que se repita lo que ocurrió el 30 de abril, cuando una convocatoria a través de Facebook para faltar al colegio resultó un éxito: unos 3.000 alumnos se hicieron "la rata" y se reunieron en la Plaza Independencia de la ciudad de Mendoza. La iniciativa de los estudiantes se replicó en Córdoba, Santiago del Estero, La Rioja y otras provincias.
La medida precautoria del juez Alfredo Dantiacq Sánchez, del 2° Juzgado Civil y Comercial de Mendoza, fue a petición de Protectora, una ONG defensora de los derechos de los consumidores. El juez hizo lugar a la demanda y ordenó a Facebook Inc "el cese inmediato de los grupos creados o a crearse por menores de edad con el objeto de promover la falta al ciclo escolar, sin el debido consentimiento de sus padres o la autoridad escolar, para juntarse en un sitio específico y poder festejar dicho incumplimiento". El fallo aclara que sólo tiene injerencia en los contenidos que sean enviados o recibidos por menores que se encuentren en Mendoza. Pero el apoderado de la asociación Protectora, el abogado José Luis Ramón, asegura que al ser una ONG nacional, la medida puede aplicarse en todo el país.
El dictamen difundido ayer va más allá del ámbito educativo y también le exige a Facebook desactivar "todas las iniciativas que los chicos armen en su plataforma virtual y que puedan significar un daño para ellos o para terceros".
Protectora actuó a pedido de un grupo de padres que se acercó a la entidad y manifestó su preocupación por las "rateadas masivas". Ramón explicó a Clarín que la ONG había analizado antes el caso de una chica pelirroja que era hostigada a través de Facebook y se llegó a la conclusión de que la empresa "puede controlar los contenidos de sus asociados".
Para dos de los promotores de la rateada mendocina, los estudiantes Hernán Griffouiliere (17) y Pablo Echenique (15), esta medida será un fracaso. "Lo único que va a lograr el fallo es que los chicos empiecen a mentir en el año de nacimiento al abrirse cuentas en Facebook y oculten que tienen menos de 18 años", dijo Hernán.
El alegato se basó en el artículo 5º de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece que "las cosas y los servicios suministrados no pueden poner en peligro la salud o integridad física de los consumidores". El apoderado de Protectora dijo que Facebook es una empresa que comercializa publicidad y califica a sus usuarios por edad y preferencias. "Si Facebook puede facilitar la existencia de estos grupos, también puede ejercer un control", planteó Ramón.
Protectora, comunicará hoy la resolución del juez al abogado Ricardo Richelet, que representa a Facebook en la Argentina.
Agencias de protección de datos piden a Facebook que mejore la privacidad
Denuncian que la red social no tiene base legal para que a través de ésta se difundan datos personales sin consentimiento expreso
La confederación de autoridades de protección de datos de la Unión Europea (UE), el grupo Article 29 Working Party, denunció que la configuración de la red social Facebook deja vacíos en la privacidad.
Las asociaciones enviaron una carta a Facebook en la que reclaman que la información del internauta registrado en su red social no aparezca destacada en los resultados de los motores de búsqueda como Google por defecto si el usuario no lo modifica expresamente.
Article 29 exige que Facebook cambie esa configuración para que sólo se pueda encontrar a un usuario a través de motores de búsqueda cuando el internauta haya dado previamente su consentimiento expreso.
En diciembre del año pasado, Facebook cambió sus opciones de seguridad para hacer que los perfiles de los miembros sean más accesibles, a menos que los usuarios modifiquen la alternativa manualmente. En marzo, anunció además que compartirá información personal de los usuarios con "algunas webs asociadas".
En su misiva, difundida por la agencia Efe, el Article 29 Working Party también advierte a la red social de que no existe base legal para que a través de ésta se difundan datos personales a terceras personas o entidades, si es que no media el consentimiento expreso.
La Comisión Europea (CE) reclamó en varias ocasiones a las empresas del ámbito de las redes sociales que mejoren sus políticas de privacidad y seguridad, especialmente respecto a los menores.
Según informaciones recabadas por la CE, menos de la mitad (40%) de estas plataformas se asegura realmente de que los datos de niños y adolescentes sólo sean visibles, por defecto, por sus amigos.
Bruselas anunció a principios de año que modernizará la directiva de 1995 sobre protección de datos para tener en cuenta los efectos de redes sociales como Facebook y Twitter.
Fuente: http://www.diariojudicial.com.ar/nota.asp?IDNoticia=39912
Italia: condenan a Google por publicar un video difamante
En las imágenes se puede ver a un joven discapacitado mientras es golpeado e insultado por compañeros de colegio. Un juez de Milán dijo que “nada en la web puede estar fuera de la ley” y que “no existe la piratería sin fronteras”.
“Nada en la web puede estar fuera de la ley”. Así se expresó un juez de Italia en el fallo que condenó a seis meses de prisión a tres directivos de Google por publicar en Internet un video en el que un adolescente discapacitado es golpeado e insultado por sus compañeros de colegio, lo que fue considerado vejatorio. El juez de la ciudad de Milán Oscar Magi sostuvo que “no existe la piratería sin fronteras” y que en internet no todo está permitido. “Existen, en cambio, leyes que codifican comportamientos que crean obligaciones que, cuando no son respetadas, conducen al reconocimiento de una responsabilidad penal”, dijo el magistrado según reprodujo el diario mexicano El Financiero. Los directivos de Google fueron condenados por el delito de violación a la privacidad por haber publicado el ocho de septiembre del 2006 un video grabado por estudiantes de Turín en el que golpeaban a un compañero. Las imágenes formaban parte de “Google videos” y el archivo fue catalogado como “divertido” y estuvo en el puesto 29 de los más vistos durante los dos meses que estuvo publicado en la red. La empresa alegó ante la Justicia que retiró el video en cuanto tuvo conocimiento de su existencia y contenido y que no puede ser responsable de lo que publicaban los usuarios ya que la compañía es solamente la proveedora de un espacio en Internet. Sin embargo, en su sentencia, el juez criticó el acceso que los usuarios tienen a las condiciones de privacidad en Google. El magistrado dijo que estaba “tan escondida dentro de las condiciones generales del contrato que resultaba completamente ineficaz para los fines previstos por la ley”.
Tras 12 años de disputa, el Grupo Arcor recuperó su dominio en Internet
La Justicia coreana ordenó el cumplimiento de una resolución de la OMPI ya que el "cyberokupa" no tenía un interés legítimo en la utilización de ese nombre
El Grupo Arcor recuperó la titularidad de su domino arcor.com que había sido “cyberokupado” por un usuario de Corea del Sur desde hace más de una década.
En un principio, la compañía presentó su reclamo ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), pero luego de la decisión favorable del mencionado organismo, el “cyberokupa” apeló la decisión ante los tribunales coreanos.
Luego de casi tres años de dictada el laudo de la OMPI, Arcor logró el cumplimiento de la decisión, en razón de las deficiencias en el planteamiento de la demanda presentada por parte del usuario que poseía el dominio.
Para ordenar la transferencia del nombre del dominio a favor de Arcor, este organismo consideró probado:
la titularidad de Arcor en numerosos países de marcas idénticas al nombre del dominio en cuestión;
la falta de interés del entonces titular sobre el nombre del domino; la mala fe del “okupa” en el uso y en el registro del dominio, evidenciada por el contenido de la página a la cual direccionaba (enlaces a sitios de empresas competidoras, por ejemplo)que el usuario solicitó dinero para transferir el dominio.
Los tribunales de Corea coincidieron con los argumentos de la OMPI, por lo que luego de más de 12 años de intentar recuperar su dominio, la compañía pudo hacerlo.


